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Impedimentos y excusas

Elaborado por Valeria Ayala

Que la persona juzgadora o secretaria instructora deje de conocer del conflicto porque se encuentra en una de las hipótesis que señala el artículo 707 bis de la LFT, por ejemplo, que tenga interés o alguien de su familia tenga interés en el asunto; que sea pariente con una de las partes, o haya manifestado su odio o afecto a alguna de estas; etc.

Impedimentos

Se refiere a situaciones que pueden afectar la imparcialidad del órgano jurisdiccional en el ejercicio de su función. Estas situaciones están definidas por la ley y pueden incluir relaciones familiares, vínculos económicos o cualquier circunstancia que pueda generar un conflicto de interés. El objetivo del impedimento es asegurar que las decisiones judiciales sean justas y objetivas.

Excusas

Son una manifestación voluntaria realizada por el juez que, al considerar que su imparcialidad puede estar comprometida, decide abstenerse de conocer un asunto. Esta decisión se toma de manera personal y directa, y tiene como finalidad preservar la integridad del proceso judicial.


Diferencias entre Impedimentos y Excusas


   Origen: Los impedimentos son establecidos por la ley y pueden ser invocados por las partes o detectados de oficio. Las excusas son planteadas directamente por el juez.


     Procedimiento: En el caso del impedimento, las partes pueden solicitar que se declare la falta de imparcialidad del juez. En cambio, la excusa es una decisión unilateral del juez para no participar en el caso.


Fundamentado en los artículos 707 al 711 de la Ley Federal del Trabajo.

Referencias electrónicas

Alfaro V. (s.f.). Glosario de términos de derecho laboral [Glosario]. Derecho Laboral. Recuperado de https://www.paginaspersonales.unam.mx/app/webroot/files/358/GLOSARIO_DE_DERECHO_LABORAL.pdf

Justia (2024). Ley Federal del Trabajo › Título Catorce - Derecho Procesal del Trabajo› Capítulo XIII - De las Resoluciones Laborales› Artículos 837 al 848. Recuperado de https://mexico.justia.com/federales/leyes/ley-federal-del-trabajo/titulo-catorce/capitulo-xiii/

Justia (2024). Ley Federal del Trabajo › Título Catorce - Derecho Procesal del Trabajo› Capítulo III - De las Competencias› Artículos 698 al 706 Bis. Recuperado de https://mexico.justia.com/federales/leyes/ley-federal-del-trabajo/titulo-catorce/capitulo-iii/

Ley Federal del Trabajo [LFT]. Reformado, Diario Oficial de la Federación 04 de abril de 2024, (México). Recuperado de https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf

Secretaria del Trabajo y Previsión Social. Curso del Derecho Procesal Laboral (s.f.). Libro para docentes. CEEAD. Recuperado de https://reformalaboral.stps.gob.mx/sitio/rl/doc/CEEAD_STPS_Manual_Derecho_Procesal_Laboral.pdf

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